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EL OCTAVO MANDAMIENTO
«No hablarás contra tu prójimo falso
testimonio.»
248.
En el sentido natural, la significación de este mandamiento,
más próxima á la letra, es que no se debe dar testimonio, ni ante un
juez, ni en particular, contra alguien que es injustamente acusado
de un delito ó un mal, y que no se debe ratificar el testimonio
invocando el nombre de Dios, ó cosa alguna santa, ó algo que afecte
á su propia reputación. En un sentido más amplio, este mandamiento
prohíbe mentiras de toda clase, hipocresía mal intencionada en la
vida civil, y también toda expostura y difamación del prójimo, á
consecuencia de lo cual su honor, su nombre y su reputación, de las
cuales depende, son perjudicados. En un sentido más amplio aún,
prohíbe tramas, procedimientos astutos y malos designios contra
alguien, motivados por enemistad, odio, venganza, envidia,
rivalidad, etc., porque
estos males llevan dentro de sí testimonio falso.
249.
En el sentido espiritual este mandamiento prohíbe el
persuadir á otros de que las falsedades de la fe son verdades de la
fe, y que los males de la vida son bienes de la vida y viceversa,
porque esto es dar falso testimonio en sentido espiritual; pero sólo
cuando se hace con intención y no por ignorancia, es decir, cuando
se hace con conocimiento de la verdad y del bien, pero no antes de
conocerlos; porque el Señor dice: «Si fuerais ciegos no tuvierais
pecado; mas ahora porque decís: vemos, por tanto vuestro pecado
permanece» (Juan IX: 41).
250.
En el sentido celestial este mandamiento significa blasfemar
al Señor y al Verbo, y así expulsar la Verdad misma de la Iglesia;
porque el Señor es la Verdad Misma y también el Verbo. Por otra
parte dar testimonio significa en sentido celestial hablar la
verdad, y testimonio significa la Verdad misma. He aquí la razón por
la cual el Decálogo se llama el testimonio (Éxodo XXV: 16; 21; 22);
y por la misma razón el Señor, que es la Verdad misma, dice que
testifica y da testimonio de Si Mismo (Juan III: 11; VIII: 13; 19;
XV: 26; XVIII: 37).